Según la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico de 1996 (HIPAA) , las entidades cubiertas tienen la obligación de salvaguardar la información de salud protegida (PHI) de sus pacientes y, en ciertas circunstancias, exigir a sus socios comerciales que celebren un acuerdo de asociación comercial (BAA) que cumpla con los requisitos de HIPAA. Constant Contact podría considerarse un asociado comercial para determinados clientes que manejan PHI.
Si es una entidad cubierta y necesita un acuerdo de socio comercial, contáctenos en legal@constantcontact.com para solicitar un acuerdo de socio comercial antes de utilizar nuestros servicios con sus suscriptores de correo electrónico. Deberá enviarnos el acuerdo firmado a la misma dirección de correo electrónico.
Constant Contact solo podrá firmar nuestro acuerdo de asociado comercial. No podemos hacer cambios en nuestro formulario estándar de acuerdo de asociado comercial bajo ninguna circunstancia.
Tenga en cuenta lo siguiente:
Finalmente, como lo exige la HIPAA, empleamos salvaguardas administrativas, físicas y técnicas para proteger todos los datos de los suscriptores de nuestros clientes. Puede encontrar más información sobre HIPAA en el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS).
Cualquier enlace que proporcionemos desde sitios web ajenos a Constant Contact o información sobre productos o servicios que no sean de Constant Contact se ofrece a título informativo y no debe interpretarse como un respaldo por parte de Constant Contact.
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